JUECES, AL SERVICIO DEL PODER.
12 dic 2009
Un amparo negado... como era de esperarse
NÉSTOR DE BUEN.
La juez primera de distrito del centro auxiliar de la primera región, en una sentencia que no tiene fecha, resolvió negar el amparo que el Sindicato Mexicano de Electricistas había promovido contra el decreto presidencial de fecha 11 de octubre del año en curso mediante el cual se ordenó la liquidación de Luz y Fuerza del Centro (LFC) y el consecuente despido de la totalidad de los trabajadores.
Obviamente, dicho decreto es violatorio de muchas cosas, entre otras, la fración I del artículo 89 constitucional que faculta al titular del Poder Ejecutivo a promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia.
En el caso, no había una ley proveniente del Congreso de la Unión que hubiese ordenado la liquidación de la empresa LFC, lo que implica que el Presidente de la República se transformó, por propia iniciativa (aunque le echa la culpa a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público) en legislador, violando así de manera notable el principio constitucional de la división de poderes.
La sentencia, en lo fundamental, distribuye en tres temas su decisión. La primera la hace consistir en la improcedencia de la demanda de amparo. La segunda, en la procedencia. La tercera, en la valoración que hace de la actuación del Poder Ejecutivo en la que llega a la curiosa conclusión de que no solamente está facultado para reglamentar las leyes del Congreso sino que también se le debe reconocer una facultad habilitante derivada del artículo 16 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales (de más que dudosa constitucionalidad) para poner remedio a las deficiencias de las entidades paraestatales con la facultad, inclusive, de liquidarlas.
Entre los motivos de improcedencia se dice que los trabajadores, en lo personal, no acreditaron su condición, por lo que no se les debe reconocer interés jurídico en el amparo, afirmando que no se ofrecieron pruebas de su condición de trabajadores. Con ello la sentencia pone de manifiesto que no tomó en consideración las pruebas ofrecidas por los terceros perjudicados, olvidando que obra en el expediente la copia certificada de las actuaciones ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje promovidas por el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, donde se lista a la totalidad de los trabajadores de LFC. La juez invoca una copia simple de esa demanda que se acompañó a la demanda de amparo pero se le olvidó tomar en cuenta la copia certificada de esas actuaciones que exhibió el sindicato quejoso.
Lo esencial de la falta de fundamentación de la sentencia lo constituye el hecho de que ignora el contenido de la fracción I del artículo 89 constitucional que fija las facultades del Poder Ejecutivo, e inventa una facultad habilitante que no está prevista en la Constitución. Porque el Ejecutivo puede hacer lo que la Constitución le permite pero no otras cosas que no estén previstas en la propia Constitución, de acuerdo con el principio de derecho de que las autoridades no pueden hacer sino lo que les está permitido y evidentemente que no hay ninguna disposición constitucional que otorgue al Ejecutivo facultades que no están previstas.
Dice la sentencia que la situación económica de LFC es muy grave y que ello justifica la decisión del Ejecutivo de liquidarla. Pero esa decisión no puede ser tomada por el Ejecutivo porque no hay norma constitucional que se lo permita. Afortunadamente la sentencia reconoce la personalidad y el interés jurídico del sindicato, y con ello desvirtúa una de las causas de improcedencia invocadas por las autoridades responsables. Pero con ello desvirtúa su conclusión de que los trabajadores no tienen interés en el juicio ya que el sindicato es, precisamente, un representante de todos los trabajadores, como bien lo indica el artículo 375 de la Ley Federal del Trabajo.
No deja de ser contradictorio que la sentencia reconozca la presencia del sindicato, necesariamente formado por trabajadores, y desconozca que los trabajadores lo son efectivamente de LFC. Caben todos los malos pensamientos a propósito del origen de esta sentencia, cuya extensión pone en duda que haya sido dictada por el propio juzgado, sin olvidar que no tiene en cuenta para nada los alegatos amplísimos presentados por el sindicato un día antes. Da la impresión de que ya había sido redactada desde antes de la audiencia constitucional en la que se presentaron esos alegatos, ignorados en la sentencia. Ahora le tocará el turno a un tribunal colegiado del primer circuito en materia de trabajo de conocer el recurso de revisión. Es difícil desconocer la autonomía de esos organismos. Pero la presencia de la Presidencia de la República como parte muy interesada deja abierto un mundo de dudas.
NÉSTOR DE BUEN.
La juez primera de distrito del centro auxiliar de la primera región, en una sentencia que no tiene fecha, resolvió negar el amparo que el Sindicato Mexicano de Electricistas había promovido contra el decreto presidencial de fecha 11 de octubre del año en curso mediante el cual se ordenó la liquidación de Luz y Fuerza del Centro (LFC) y el consecuente despido de la totalidad de los trabajadores.
Obviamente, dicho decreto es violatorio de muchas cosas, entre otras, la fración I del artículo 89 constitucional que faculta al titular del Poder Ejecutivo a promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia.
En el caso, no había una ley proveniente del Congreso de la Unión que hubiese ordenado la liquidación de la empresa LFC, lo que implica que el Presidente de la República se transformó, por propia iniciativa (aunque le echa la culpa a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público) en legislador, violando así de manera notable el principio constitucional de la división de poderes.
La sentencia, en lo fundamental, distribuye en tres temas su decisión. La primera la hace consistir en la improcedencia de la demanda de amparo. La segunda, en la procedencia. La tercera, en la valoración que hace de la actuación del Poder Ejecutivo en la que llega a la curiosa conclusión de que no solamente está facultado para reglamentar las leyes del Congreso sino que también se le debe reconocer una facultad habilitante derivada del artículo 16 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales (de más que dudosa constitucionalidad) para poner remedio a las deficiencias de las entidades paraestatales con la facultad, inclusive, de liquidarlas.
Entre los motivos de improcedencia se dice que los trabajadores, en lo personal, no acreditaron su condición, por lo que no se les debe reconocer interés jurídico en el amparo, afirmando que no se ofrecieron pruebas de su condición de trabajadores. Con ello la sentencia pone de manifiesto que no tomó en consideración las pruebas ofrecidas por los terceros perjudicados, olvidando que obra en el expediente la copia certificada de las actuaciones ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje promovidas por el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, donde se lista a la totalidad de los trabajadores de LFC. La juez invoca una copia simple de esa demanda que se acompañó a la demanda de amparo pero se le olvidó tomar en cuenta la copia certificada de esas actuaciones que exhibió el sindicato quejoso.
Lo esencial de la falta de fundamentación de la sentencia lo constituye el hecho de que ignora el contenido de la fracción I del artículo 89 constitucional que fija las facultades del Poder Ejecutivo, e inventa una facultad habilitante que no está prevista en la Constitución. Porque el Ejecutivo puede hacer lo que la Constitución le permite pero no otras cosas que no estén previstas en la propia Constitución, de acuerdo con el principio de derecho de que las autoridades no pueden hacer sino lo que les está permitido y evidentemente que no hay ninguna disposición constitucional que otorgue al Ejecutivo facultades que no están previstas.
Dice la sentencia que la situación económica de LFC es muy grave y que ello justifica la decisión del Ejecutivo de liquidarla. Pero esa decisión no puede ser tomada por el Ejecutivo porque no hay norma constitucional que se lo permita. Afortunadamente la sentencia reconoce la personalidad y el interés jurídico del sindicato, y con ello desvirtúa una de las causas de improcedencia invocadas por las autoridades responsables. Pero con ello desvirtúa su conclusión de que los trabajadores no tienen interés en el juicio ya que el sindicato es, precisamente, un representante de todos los trabajadores, como bien lo indica el artículo 375 de la Ley Federal del Trabajo.
No deja de ser contradictorio que la sentencia reconozca la presencia del sindicato, necesariamente formado por trabajadores, y desconozca que los trabajadores lo son efectivamente de LFC. Caben todos los malos pensamientos a propósito del origen de esta sentencia, cuya extensión pone en duda que haya sido dictada por el propio juzgado, sin olvidar que no tiene en cuenta para nada los alegatos amplísimos presentados por el sindicato un día antes. Da la impresión de que ya había sido redactada desde antes de la audiencia constitucional en la que se presentaron esos alegatos, ignorados en la sentencia. Ahora le tocará el turno a un tribunal colegiado del primer circuito en materia de trabajo de conocer el recurso de revisión. Es difícil desconocer la autonomía de esos organismos. Pero la presencia de la Presidencia de la República como parte muy interesada deja abierto un mundo de dudas.
PRI: tradición liberal socavada
Marta Lamas.
A la diputada priista Dalia Pérez Castañeda, por su voto digno.
El impacto de la oleada reaccionaria de reformas a 16 Constituciones estatales rebasó las fronteras de México y llegó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en Washington y a la reunión del Consejo de la Internacional Socialista (IS) en República Dominicana. Ante la CIDH, 860 ciudadanas de siete estados (43 en Colima, 120 en Morelos, 176 en Sonora, 27 en Quintana Roo, 57 en Guanajuato, 274 en Durango y 163 en Puebla), todas ellas en edad reproductiva, presentaron sus denuncias y reclamos porque las reformas contravienen la Convención Americana de Derechos Humanos, que garantizan el derecho a la salud y a elegir un proyecto de vida en condiciones de integridad personal, ejerciendo las libertades de conciencia y pensamiento, con igual protección ante la ley y sin discriminación alguna. Actualmente, la CIDH está analizando las peticiones.
Asimismo, un grupo de feministas asistió a la reunión del Consejo de la Internacional Socialista para denunciar que el PRI, partido integrante de dicha organización, está aprobando leyes que atentan contra los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. El presidente de la IS, Georgios Papandreou, respaldó la necesidad de defender los derechos reproductivos, en concreto el derecho al aborto, y la italiana Pía Locatelli, quien preside la Comisión de la Mujer de la misma agrupación, hizo un llamado recordando la Declaración de Stuttgart (2007), en la que se reconoce el reto de garantizar el acceso a servicios sanitarios y al aborto seguro. Locatelli expresó su profunda preocupación y sorpresa al ver que partidos supuestamente progresistas han impulsado retrocesos y no se han comprometido a frenar cambios legislativos contrarios a los derechos humanos de las mujeres.
La Internacional Socialista de Mujeres hizo un llamado a todos los partidos progresistas del mundo a sumarse a la lucha contra prácticas que restringen la autonomía y los derechos de las mujeres y denunció la injerencia de la Iglesia en las legislaciones. Delegados de varios países avalaron la declaración, que textualmente dice:
La Internacional Socialista reprueba la elaboración o modificación de leyes que obliguen a las mujeres a continuar con un embarazo no deseado, especialmente en casos de violación, o que pone en riesgo su vida y su salud. Asimismo, repudiamos en cualquier parte del mundo la criminalización de las mujeres y el hecho de que sean encarceladas (particularmente mujeres pobres en América Latina y el Caribe) por su decisión de interrumpir un embarazo no deseado.
Aunque el PRI y el PAN tienen una responsabilidad conjunta sobre las reformas aprobadas en las 16 entidades federativas, son diputados y gobernadores priistas los que, al traicionar su propia tradición liberal, han provocado no sólo un escándalo político, sino también una fuerte movilización dentro de su propio partido. Ojalá que el llamado de atención de la Internacional Socialista cale en las conciencias de los priistas conservadores. Tal vez esto ha forzado a su presidenta, Beatriz Paredes, a declarar públicamente su postura (El Universal, 30 de noviembre). Esperemos que, además de sus precisiones, exija que su partido realice debates públicos de cara a la ciudadanía en las demás entidades donde ya hay iniciativas de ley similares.
La criminalización del aborto o su despenalización responden a visiones del mundo, de la justicia social, de la salud pública y de la equidad entre mujeres y hombres. Por eso los partidos políticos tienen posiciones públicas al respecto, por más que algunos de sus integrantes difieran de ellas. Tal es el caso del PAN, partido que consistentemente defiende el dogma católico, aunque muchos de sus militantes jóvenes estén por la despenalización. El PRI, que defiende el Estado laico, que se precia de ser socialdemócrata y de pertenecer a la Internacional Socialista, hoy ve a algunos de sus diputados y gobernadores impulsando o sumándose a reformas de claro tufo clerical.
Si bien ningún presidente de partido puede “mandar” autoritariamente sobre los gobernadores y diputados locales, sí puede establecer definiciones básicas de la línea política partidaria. Hoy, Beatriz Paredes enfrenta varias responsabilidades como presidenta de un partido integrante de la IS. Se me ocurren tres: 1) informar a sus correligionarios sobre qué significa para el PRI ser integrante de la Internacional Socialista; 2) hacerlos conscientes de los riesgos de ir en contra de ciertos principios políticos y éticos; y 3) desalentar la práctica de votar leyes de espaldas a la sociedad e insistir en la importancia de hacer foros de debate público y encuestas de opinión.
Finalmente, como dice el refrán, no hay mal que por bien no venga. Estas aberrantes reformas –aberrantes por la forma y por el fondo– están sirviendo para distinguir a los priistas. Queda claro que los diputados que aprobaron las reformas y los gobernadores que no las vetaron están socavando la tradición liberal del PRI. Habrá que ver qué hacen los priistas que sí quieren mantenerla.
Marta Lamas.
A la diputada priista Dalia Pérez Castañeda, por su voto digno.
El impacto de la oleada reaccionaria de reformas a 16 Constituciones estatales rebasó las fronteras de México y llegó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en Washington y a la reunión del Consejo de la Internacional Socialista (IS) en República Dominicana. Ante la CIDH, 860 ciudadanas de siete estados (43 en Colima, 120 en Morelos, 176 en Sonora, 27 en Quintana Roo, 57 en Guanajuato, 274 en Durango y 163 en Puebla), todas ellas en edad reproductiva, presentaron sus denuncias y reclamos porque las reformas contravienen la Convención Americana de Derechos Humanos, que garantizan el derecho a la salud y a elegir un proyecto de vida en condiciones de integridad personal, ejerciendo las libertades de conciencia y pensamiento, con igual protección ante la ley y sin discriminación alguna. Actualmente, la CIDH está analizando las peticiones.
Asimismo, un grupo de feministas asistió a la reunión del Consejo de la Internacional Socialista para denunciar que el PRI, partido integrante de dicha organización, está aprobando leyes que atentan contra los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. El presidente de la IS, Georgios Papandreou, respaldó la necesidad de defender los derechos reproductivos, en concreto el derecho al aborto, y la italiana Pía Locatelli, quien preside la Comisión de la Mujer de la misma agrupación, hizo un llamado recordando la Declaración de Stuttgart (2007), en la que se reconoce el reto de garantizar el acceso a servicios sanitarios y al aborto seguro. Locatelli expresó su profunda preocupación y sorpresa al ver que partidos supuestamente progresistas han impulsado retrocesos y no se han comprometido a frenar cambios legislativos contrarios a los derechos humanos de las mujeres.
La Internacional Socialista de Mujeres hizo un llamado a todos los partidos progresistas del mundo a sumarse a la lucha contra prácticas que restringen la autonomía y los derechos de las mujeres y denunció la injerencia de la Iglesia en las legislaciones. Delegados de varios países avalaron la declaración, que textualmente dice:
La Internacional Socialista reprueba la elaboración o modificación de leyes que obliguen a las mujeres a continuar con un embarazo no deseado, especialmente en casos de violación, o que pone en riesgo su vida y su salud. Asimismo, repudiamos en cualquier parte del mundo la criminalización de las mujeres y el hecho de que sean encarceladas (particularmente mujeres pobres en América Latina y el Caribe) por su decisión de interrumpir un embarazo no deseado.
Aunque el PRI y el PAN tienen una responsabilidad conjunta sobre las reformas aprobadas en las 16 entidades federativas, son diputados y gobernadores priistas los que, al traicionar su propia tradición liberal, han provocado no sólo un escándalo político, sino también una fuerte movilización dentro de su propio partido. Ojalá que el llamado de atención de la Internacional Socialista cale en las conciencias de los priistas conservadores. Tal vez esto ha forzado a su presidenta, Beatriz Paredes, a declarar públicamente su postura (El Universal, 30 de noviembre). Esperemos que, además de sus precisiones, exija que su partido realice debates públicos de cara a la ciudadanía en las demás entidades donde ya hay iniciativas de ley similares.
La criminalización del aborto o su despenalización responden a visiones del mundo, de la justicia social, de la salud pública y de la equidad entre mujeres y hombres. Por eso los partidos políticos tienen posiciones públicas al respecto, por más que algunos de sus integrantes difieran de ellas. Tal es el caso del PAN, partido que consistentemente defiende el dogma católico, aunque muchos de sus militantes jóvenes estén por la despenalización. El PRI, que defiende el Estado laico, que se precia de ser socialdemócrata y de pertenecer a la Internacional Socialista, hoy ve a algunos de sus diputados y gobernadores impulsando o sumándose a reformas de claro tufo clerical.
Si bien ningún presidente de partido puede “mandar” autoritariamente sobre los gobernadores y diputados locales, sí puede establecer definiciones básicas de la línea política partidaria. Hoy, Beatriz Paredes enfrenta varias responsabilidades como presidenta de un partido integrante de la IS. Se me ocurren tres: 1) informar a sus correligionarios sobre qué significa para el PRI ser integrante de la Internacional Socialista; 2) hacerlos conscientes de los riesgos de ir en contra de ciertos principios políticos y éticos; y 3) desalentar la práctica de votar leyes de espaldas a la sociedad e insistir en la importancia de hacer foros de debate público y encuestas de opinión.
Finalmente, como dice el refrán, no hay mal que por bien no venga. Estas aberrantes reformas –aberrantes por la forma y por el fondo– están sirviendo para distinguir a los priistas. Queda claro que los diputados que aprobaron las reformas y los gobernadores que no las vetaron están socavando la tradición liberal del PRI. Habrá que ver qué hacen los priistas que sí quieren mantenerla.
El fracaso de Pensión ISSSTE
GUSTAVO LEAL F.
A pesar de que los cuantiosos recursos para el retiro en Afores ya constituyen el principal factor de impulso del ahorro financiero nacional y la insistencia de Vanesa Rubio –vocera de la Consar– en la urgencia de incrementar las aportaciones dada la disparidad entre los trabajadores cubiertos por el IMSS: 6.5 por ciento, y 13 por ciento que aportan los del ISSSTE, Sofía Belmar, del Grupo Nacional Providencial reconoce que los fondos en Afores no serán suficientes para una vida muy holgada, mientras José Angel Montaño, de la calificadora Moody’s, asegura que en el mejor de los casos los trabajadores se estarán jubilando, apenas, con 25 por ciento de su último salario.
A diferencia de otros casos, como el sueco, el fracaso de la modalidad mexicana de capitalización individual es patente. Pero, ¿qué sucede mientras en el firmamento de los planes de pensiones privados?
Según KPMG en México, su universo sólo cubre 10 por ciento de las empresas, aunque entre las multinacionales puede alcanzar hasta 70 por ciento.
Entre los planes que existen en México resaltan: 1) los de beneficio definido, que predeterminan la cantidad a recibir y cuyo costo lo absorbe la firma; 2) los de contribución definida, que no garantizan el monto de las prestaciones futuras, toda vez que ellas dependen del rendimiento generado en la cuenta individual de cada trabajador y cuyo costo se absorbe entre trabajadores y patrones (como en la ley calderonista del ISSSTE), y 3) los planes híbridos o mixtos, en los que se mezclan beneficios y contribuciones definidas y que garantizan una pensión mínima.
Las tendencias en los mil 793 planes que las compañías ofrecen en México muestran que en 2008 66 por ciento fue de beneficio definido, 12 por ciento de contribución definida y 22 por ciento híbridos. Es decir que al igual que aconteció con los trabajadores al servicio del Estado, la mayoría de los que recurren a planes privados, rechazan las cuentas individuales como las que impuso Calderón en el ISSSTE, y a los trabajadores de nuevo ingreso de la CFE y el IMSS. Pero no se atrevió a incorporar al de las fuerzas armadas en el nuevo ordenamiento del ISSFAM.
Para KPMG en México es del todo claro que a mayor índice salarial, se obtiene un menor índice de remplazo. Lo que reitera la importancia de que las empresas otorguen al personal beneficios a la jubilación adicionales para incrementar esos índices. Justamente lo contrario de lo que ha hecho el calderonismo.
Las más recientes cifras de PensionISSSTE contenidas en el Informe Financiero y Actuarial 2009 del ISSSTE, muestran que, después del fracaso de las expectativas que Yunes y los tecnócratas hacendarios depositaron en sus inútilmente publicitadas cuentas individuales –porque después de los 2 millones de amparos que le imprimieron a la reforma, su primer gran referendo en contra, la casi totalidad de los afiliados todavía optó por el programa de beneficio definido (artículo 10 transitorio de la ley): su segundo referendo en contra–, las cosas no pueden ir peor.
El informe documenta que la pensión final dependerá del saldo acumulado en esa cuenta, el cual estará en función de los años de cotización, la carrera salarial, las comisiones cobradas por la administración de la cuenta y los rendimientos que genere la inversión de los recursos, entre otros factores. Las víctimas de esta reforma calderonista son 228 mil trabajadores con un sueldo básico promedio de 7 mil quinientos pesos y una antigüedad promedio de 11 años.
A todo lo cual habrá que agregar que PensionISSSTE tiene una bajísima expectativa de crecimiento. Al anunciado, pero no cumplido, cierre de las tres secretarías de Estado propuestas por Calderón (Función Pública, Turismo y SRA), así como los programas de retiro, debe sumarse la casi nula contratación pública dentro del apartado B del artículo 123 constitucional, salvo los 45 mil trabajadores basificados por la Ssa –que laboraban con contratos precarios–, y las 2 mil quinientas plazas de nueva creación que el ISSSTE negocia con la Secretaría de Hacienda para los hospitales de Tultitlán (estado de México) y Emiliano Zapata (Morelos), según anuncio de José Luis Rodríguez Camacho, secretario general del SNTISSSTE.
Después de fracasar, primero electoralmente y luego con su desubicado paquete fiscal, al principiar octubre –sumamente presionado– Felipe Calderón propuso que los recursos pensionarios colocados en las Afores pudieran invertirse en proyectos privados de construcción de infraestructura, contradiciendo lo que había declarado apenas unos meses antes: respetar esos fondos que son de los trabajadores.
El objetivo -puntualizó- es capitalizar las empresas constructoras para desarrollar proyectos a cambio de rendimientos más atractivos para los dueños del recurso. Pero: ¿realmente habrá rendimientos?
Por supuesto que Calderón aún no consulta a sus dueños: los trabajadores, ni para mientes en el patente fracaso de la modalidad mexicana de capitalización individual -señaladamente PensionISSSTE– que reclama a gritos una urgente reforma, de la misma manera que ya se reclama la reforma Zedillo al IMSS de 1995-97, cuyo fracaso ha culminado en la iniciativa de su actual director, Daniel Karam, para echar mano de la reserva estratégica institucional con vistas a emplearla en el gasto de operación. Afortunadamente, los legisladores cancelaron está cómoda salida del calderonismo. Pero la urgencia de reformar las reformas está ya a la puerta. El Congreso de la Unión tiene ahora la palabra.
GUSTAVO LEAL F.
A pesar de que los cuantiosos recursos para el retiro en Afores ya constituyen el principal factor de impulso del ahorro financiero nacional y la insistencia de Vanesa Rubio –vocera de la Consar– en la urgencia de incrementar las aportaciones dada la disparidad entre los trabajadores cubiertos por el IMSS: 6.5 por ciento, y 13 por ciento que aportan los del ISSSTE, Sofía Belmar, del Grupo Nacional Providencial reconoce que los fondos en Afores no serán suficientes para una vida muy holgada, mientras José Angel Montaño, de la calificadora Moody’s, asegura que en el mejor de los casos los trabajadores se estarán jubilando, apenas, con 25 por ciento de su último salario.
A diferencia de otros casos, como el sueco, el fracaso de la modalidad mexicana de capitalización individual es patente. Pero, ¿qué sucede mientras en el firmamento de los planes de pensiones privados?
Según KPMG en México, su universo sólo cubre 10 por ciento de las empresas, aunque entre las multinacionales puede alcanzar hasta 70 por ciento.
Entre los planes que existen en México resaltan: 1) los de beneficio definido, que predeterminan la cantidad a recibir y cuyo costo lo absorbe la firma; 2) los de contribución definida, que no garantizan el monto de las prestaciones futuras, toda vez que ellas dependen del rendimiento generado en la cuenta individual de cada trabajador y cuyo costo se absorbe entre trabajadores y patrones (como en la ley calderonista del ISSSTE), y 3) los planes híbridos o mixtos, en los que se mezclan beneficios y contribuciones definidas y que garantizan una pensión mínima.
Las tendencias en los mil 793 planes que las compañías ofrecen en México muestran que en 2008 66 por ciento fue de beneficio definido, 12 por ciento de contribución definida y 22 por ciento híbridos. Es decir que al igual que aconteció con los trabajadores al servicio del Estado, la mayoría de los que recurren a planes privados, rechazan las cuentas individuales como las que impuso Calderón en el ISSSTE, y a los trabajadores de nuevo ingreso de la CFE y el IMSS. Pero no se atrevió a incorporar al de las fuerzas armadas en el nuevo ordenamiento del ISSFAM.
Para KPMG en México es del todo claro que a mayor índice salarial, se obtiene un menor índice de remplazo. Lo que reitera la importancia de que las empresas otorguen al personal beneficios a la jubilación adicionales para incrementar esos índices. Justamente lo contrario de lo que ha hecho el calderonismo.
Las más recientes cifras de PensionISSSTE contenidas en el Informe Financiero y Actuarial 2009 del ISSSTE, muestran que, después del fracaso de las expectativas que Yunes y los tecnócratas hacendarios depositaron en sus inútilmente publicitadas cuentas individuales –porque después de los 2 millones de amparos que le imprimieron a la reforma, su primer gran referendo en contra, la casi totalidad de los afiliados todavía optó por el programa de beneficio definido (artículo 10 transitorio de la ley): su segundo referendo en contra–, las cosas no pueden ir peor.
El informe documenta que la pensión final dependerá del saldo acumulado en esa cuenta, el cual estará en función de los años de cotización, la carrera salarial, las comisiones cobradas por la administración de la cuenta y los rendimientos que genere la inversión de los recursos, entre otros factores. Las víctimas de esta reforma calderonista son 228 mil trabajadores con un sueldo básico promedio de 7 mil quinientos pesos y una antigüedad promedio de 11 años.
A todo lo cual habrá que agregar que PensionISSSTE tiene una bajísima expectativa de crecimiento. Al anunciado, pero no cumplido, cierre de las tres secretarías de Estado propuestas por Calderón (Función Pública, Turismo y SRA), así como los programas de retiro, debe sumarse la casi nula contratación pública dentro del apartado B del artículo 123 constitucional, salvo los 45 mil trabajadores basificados por la Ssa –que laboraban con contratos precarios–, y las 2 mil quinientas plazas de nueva creación que el ISSSTE negocia con la Secretaría de Hacienda para los hospitales de Tultitlán (estado de México) y Emiliano Zapata (Morelos), según anuncio de José Luis Rodríguez Camacho, secretario general del SNTISSSTE.
Después de fracasar, primero electoralmente y luego con su desubicado paquete fiscal, al principiar octubre –sumamente presionado– Felipe Calderón propuso que los recursos pensionarios colocados en las Afores pudieran invertirse en proyectos privados de construcción de infraestructura, contradiciendo lo que había declarado apenas unos meses antes: respetar esos fondos que son de los trabajadores.
El objetivo -puntualizó- es capitalizar las empresas constructoras para desarrollar proyectos a cambio de rendimientos más atractivos para los dueños del recurso. Pero: ¿realmente habrá rendimientos?
Por supuesto que Calderón aún no consulta a sus dueños: los trabajadores, ni para mientes en el patente fracaso de la modalidad mexicana de capitalización individual -señaladamente PensionISSSTE– que reclama a gritos una urgente reforma, de la misma manera que ya se reclama la reforma Zedillo al IMSS de 1995-97, cuyo fracaso ha culminado en la iniciativa de su actual director, Daniel Karam, para echar mano de la reserva estratégica institucional con vistas a emplearla en el gasto de operación. Afortunadamente, los legisladores cancelaron está cómoda salida del calderonismo. Pero la urgencia de reformar las reformas está ya a la puerta. El Congreso de la Unión tiene ahora la palabra.
