La impostura católica de Peña Nieto

23 dic 2009

BERNARDO BARRANCO V.

Serios retrocesos a la laicidad ha representado este año 2009 que está a punto de concluir. La clase política entra a festejar el bicentenario habiendo traicionado los fundamentos juaristas que dieron sustentos modernos al Estado mexicano contemporáneo. Me refiero no sólo a la contrarreforma antiaborto, promovida por el PRI en 18 entidades de la República, o al acotamiento de libertades laicas, sino a la bochornosa polémica que Enrique Peña Nieto ha protagonizado con su aparatosa y mediática visita que recientemente realizó al Vaticano.
El montaje va más allá de la burda utilización de la esplendorosa escenografía pontificia y de los reflectores televisivos para anunciarnos no nada más la boda del gobernador mexiquense, sino el arranque formal de su candidatura hacia la Presidencia de la República. Peña está anunciando que va con todo y no importan los cómos; junto a gobernadores aliados, incluidos sus presupuestos; su acometida es absoluta y total, no tiene reparos, incluso está dispuesto a sacrificar raíces políticas e identidades ideológicas.
Las imágenes del joven político de Atlacomulco con el papa Benedicto XVI simbolizan una supuesta posición político-religiosa conservadora, apropiada a la atmósfera que ha reinado en nuestro país en los últimos 10 años de gobiernos de la alternancia panista. Con oportunismo, Peña Nieto enarbola los principios cristianos como parte esencial de la estructura ética que lo envuelve. De frontera a frontera, parece anunciar que ha ido ya más allá del casting para convertirse en actor protagonista de primer reparto. De su constante irrupción mediática, pequeñas apariciones, ha dado un salto cualitativo: del posicionamiento al asalto político hacia el poder. El llamado efecto Peña Nieto pasa a una fase operativa; de galán de culebrón se convierte en eminente protagonista, en medio de un complejo reparto político plagado de infames, su inevitable y dramática misión será conducir bien a México y salvarlo de la catástrofe.
En cierta forma, en este episodio pontifical Peña Nieto ha emulado a Vicente Fox, quien también arrancó prematuramente su campaña ondeando el estandarte guadalupano al estilo de Miguel Hidalgo. Evidentemente, el asunto tiene más fondo que los excesivos gastos de la puesta de escena en Roma y la distinción entre lo público y lo privado del actor. La pragmática estrategia mexiquense parece inspirada en las tesis de Zygmunt Bauman, quien sostiene en su libro Tiempos líquidos el abandono de los compromisos, lealtades y sólidas posturas ideológicas para dar paso a la liquidez de lo inmediato, a la volubilidad del interés presente, a la hiperflexibilidad, al pensamiento maleable de corto plazo y, sobre todo, a la separación entre poder y política. El riesgo de alcanzar el supremo objetivo a costa del desdibujamiento de la tradición política del PRI. Muy probablemente juegue a favor la obsesión tricolor por reconquistar Los Pinos, sacrificando su raigambre liberal e implantando un pragmatismo oscurantista que ha llevado a establecer alianzas, es el caso de las leyes antiaborto, con los sectores más recalcitrantes de la ultraderecha. Quizá cuente también la enfermiza obcecación del inexistente grupo Atlacomulco por encumbrar a uno de sus miembros en la silla presidencial, para permitir la construcción de un perfil híbrido, más afín a los principios panistas que a la trayectoria del Revolucionario Institucional.
Efectivamente, el look y la impostura que seguramente han diseñado los publicistas y marketineros de Televisa en Peña Nieto se asemeja más a las características distintivas de un candidato panista: joven, metrosexual, conservador, eficiente, dinámico, católico, patriota, defensor de la familia, apasionado y apuesto. Es la máscara y el maquillaje aplicado para satisfacer los altos niveles de audiencia, posicionándolo a tal grado que le aseguren una inevitable postulación por su partido como hizo hace 10 años Vicente Fox.
La Iglesia católica, astuta como siempre, no es responsable de la apuesta de Peña Nieto; sin embargo, sabrá sacar provecho político con creces, ejercer todo su peso simbólico y lobby para posicionar su visión, misión y acentos políticos propios.
Peña Nieto y el PRI han abierto la puerta para que de nueva cuenta la jerarquía católica irrumpa con gravitación en la escena política del país; veremos las consecuencias. Ésta se ha beneficiado de un diagnóstico errado de la clase política que establece un supuesto peso electoral de los obispos católicos y de un aparente liderazgo en la orientación y en las preferencias políticas subyacentes en los fieles-electores.
El gobernador mexiquense parece desempolvar las viejas tesis salinistas sobre el papel político de la Iglesia y asignarle un papel de aliada estratégica. Y no me sorprendería que lo incorpore como parte de su discurso político; en todo caso, ya dio línea públicamente para que su Congreso endurezca penalizaciones en caso de aborto a las mujeres de la entidad. Esta tentación ha estado presente en muchos gobiernos, particularmente en momentos de apuro, con altos costos y facturas.
Con estilos muy diferentes, la esencia de Juanito y Peña Nieto es la misma: son subyugados por el protagonismo y el canto de las sirenas. Los próximos meses presagian sordas disputas donde presenciaremos duros golpeteos y se pondrá a prueba la apasionada adhesión del gobernador a los principios cristianos.
Estado laico y decadencia.
LUIS LINARES ZAPATA
La decadencia anímica y material de México avanza sobre uno de los fundamentos del Estado: su laicidad. Porciones retrógradas y convenencieras de la ciudadanía, incrustadas entre las elites políticas, maniobran en lo oscurito para inducir e instalar en los ordenamientos legales sus creencias religiosas. El basamento de tales modificaciones es por demás endeble o francamente nulo. Recurren los conspicuos proponentes (entre ellos varios obispos) a infundir terribles miedos a una sexualidad liberada de fetiches y varias malformaciones respecto del desarrollo familiar, para involucionar frente al resto de la desprevenida población y el ancho mundo. La dupla PRIAN da fehacientes pruebas de la incapacidad, que ya la distingue y clasifica, para visualizar las salidas efectivas a la prolongada crisis que afecta todos los rubros de la actividad productiva, social y cultural de México.
A los congresos locales que ya habían introducido sus muy particulares visiones y conveniencias sobre el inicio de la vida humana desde el momento de la concepción, hay que sumarle, en días recientes, al chiapaneco. El gobernador, ese paladín de la modernidad, la lealtad partidaria y el recato publicitario, dio el paso adicional para congratularse con los sectores más reactivos de sus grupos de presión: el clero, ciertos empresarios santurrones e hipócritas, y las ralas agrupaciones de la santa velita. Pero el señor Sabines ha ido un tanto más lejos para mostrar su inherente humanidad: no castigará con cárcel a las infractoras de tan novedoso y excelso mandato constitucional modificado. Allá, en esas tierras benignas, los legisladores les concedieron a las transgresoras, tan generosos ellos, un tratamiento sicológico integral. Diferente, eso sí, de los trogloditas que, en los restantes 17 estados, les dictaminaron la implacable persecución del Ministerio Público. El crimen tipificado tiene como falta original concebir al cuerpo como recinto de la propia libertad.
Por estos celebrados días de noticias, surgidas del mismísimo Vaticano, hemos sido testigos, oculares y auditivos, de las telegénicas andanzas de otro gobernador priísta por tierras de santos y santificadores al por mayor. Él, además, es uno que aspira, con la inclemente ayuda de Televisa y el patrocinio de los poderes fácticos mayores que lo han adoptado como su niño consentido, a la candidatura presidencial de su partido para 2012. El esfuerzo publicitario guarda proporción con sus desmesuradas ambiciones. El señor Peña, y toda una comparsa de su muy personal cohorte, notificó, urbi et orbi, la buena nueva de sus íntimas querencias e inminente boda. Se unirá en sagrado matrimonio con su Gaviota preferida el próximo año. Todos los medios locales (nativos, di-rían los ingleses imperiales) deberán darse por enterados y hacer los preparativos correspondientes a tan solemne sarao. Nadie quedará fuera del festín. El enlace sellará el mensaje central: el futuro presidente de los mexicanos profesa, con pasión y fundamento innegable, la religión católica. Es un practicante activo y solemne que hará lo que sea necesario para que su credo prospere. El suyo será, qué duda cabe, el próximo estado que legislará para entronizar las creencias que alumbran a su guía en los códigos civiles de la entidad que gobierna. Las mujeres mexiquenses, por tanto, no tendrán alternativa: serán reos de condena si osan abortar.
Sobre advertencia no habrá engaño: el señor Enrique Peña se perfila, por sus propias acciones y desplantes, como el candidato de la derecha más atrincherada de esta angustiada República. Sería, la suya, en caso de triunfar, una versión adicional de las dos panistas.
Uno tras otro, los congresos locales de mayoría priísta han recalado en la tentación de diseñar un artículo constitucional sustanciado con creencias divinas. La presidenta del PRI ha sucumbido, una y otra vez hasta rebasar la docena de ocasiones, a la andanada de sus correligionarios que, por propia voluntad, por arraigado convencimiento, por supuesta iluminación divina, decidieron respaldar tales cambios legislativos. Una derrota mayúscula para una persona, mujer además, que dice profesar acendrada convicción de valores republicanos (entiéndase laicos también). Pero ella tiene una disculpa para ceder ante tamaño impulso retrógrada: es demócrata y no autoritaria. Concede a sus correligionarios la potestad de decidir, por ellos mismos, desde sus reducidos campos locales, el cambio de paradigmas partidarios fundacionales. Así, uno a uno, poco a poco, el localismo se impone sobre la concepción histórica y central de una agrupación política, fruto, además, de posiciones anticlericales. El PRI, al parecer, no tiene órganos deliberativos federales que puedan dilucidar, discutir frente a sus simpatizantes, tamaño cambio de ruta. La alianza de unos cuantos gobernadores impositivos, convenencieros y ambiciosos de continuidad, pueden trastocar, a las callandas, lo que tardó años, vicisitudes y muchas vidas dilucidar y sostener. La separación de la religión y el Estado, piedra angular del sistema de convivencia, puede ser trastocada por los cálculos de una elite inescrupulosa, carente de visión, débil ante los desatados obispos y aliados con las fuerzas más retrógradas del país. Pero también puede ser alterada por un trasiego que pretende asegurar para 2012 la colaboración de una alta clerecía, incapaz de honorar, con votos ciertos, las promesas adelantadas. Ojalá y los curas de alta jerarquía salieran al despoblado para tratar de inducir conductas ciudadanas por un partido preciso. Sería una buena prueba para la madurez y el destino de los mexicanos.
La desatada carrera con vistas a la renovación de poderes en 2012 va decantando, con todo el rigor inherente a tan decisivo propósito, el diseño de un partido político timorato, reaccionario, incapaz de mostrarse como lo que en verdad es: una melée de convenencieros y oportunistas que no ofrecen otra cosa que la continuidad de la decadencia.
El otro revés...
Gloria Leticia Díaz.
El caso Radilla, sancionado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, pone coto a los abusos cometidos por el Ejército en la “guerra” de Felipe Calderón. Ahora, el Estado mexicano está obligado a remitir a jueces civiles los casos de desapariciones forzadas y las denuncias por violación de los derechos humanos que se encuentran en la jurisdicción militar.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coidh) puso un alto a la defensa irrestricta de la administración de Felipe Calderón al fuero militar para investigar y juzgar abusos graves cometidos por el Ejército Mexicano desde la guerra sucia y hasta la actualidad.
Como parte de la sentencia del 15 de diciembre por la detención ilegal y posterior desaparición forzada de Rosendo Radilla Pacheco en 1974, mientras estaba en manos de militares, el tribunal interamericano ordenó reformas legislativas que restringen el fuero militar a delitos relacionados con la disciplina castrense, y al Código Penal Federal en casos de desaparición forzada, así como retirar la reserva que mantenía el Estado mexicano al artículo IX de la Convención Interamericana sobre la Desaparición Forzada de Personas, con la que se pretendía eludir la responsabilidad de militares acusados en esos casos.
La resolución de la Corte Interamericana coincide con múltiples denuncias de organismos de derechos humanos nacionales e internacionales por los abusos cometidos por miembros del Ejército Mexicano a partir de que Calderón les ordenó hacerse cargo de la lucha contra el narcotráfico.
“Si Felipe Calderón tiene voluntad para acatar la sentencia, como jefe supremo de las Fuerzas Armadas tendría que ordenar a los jueces militares que en este momento llevan casos por violaciones a los derechos humanos que declinen su competencia y los remitan a los jueces civiles”, emplaza Juan Carlos Gutiérrez, director de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de Derechos Humanos (CMDPDH), que junto con la Asociación de Familiares de Detenidos-Desaparecidos de México (Afadem) litigaron el caso Radilla en el sistema interamericano.
En este año, como producto de la lucha contra el narcotráfico, por lo menos siete casos de abusos militares contra 36 personas y tres comunidades de la sierra de Guerrero fueron remitidos a la jurisdicción militar.
En relación con los delitos del pasado, Humberto Guerrero, abogado de la CMDPDH, revela que “la Procuraduría General de la República (PGR) tiene archivadas 90 consignaciones por desaparición forzada que dejó listas el exfiscal Ignacio Carrillo Prieto, quien nos confesó que nunca las presentó ante los jueces por órdenes superiores. Ahora tendrían que remitirse de inmediato a los jueces civiles”.

Alto a la impunidad
La sentencia de la Coidh cierra un capítulo para la familia de Rosendo Radilla en la búsqueda de justicia durante 35 años. “Viene una nueva lucha, que es encontrar los restos de mi padre, así como la de cientos de personas que como él fueron desaparecidos por el Ejército Mexicano”, señala Tita Radilla Martínez, hija del líder comunitario y vicepresidenta de la Afadem.
Rosendo Radilla fue detenido el 25 de agosto de 1974 en un retén militar instalado en Atoyac de Álvarez, Guerrero, y de ahí fue conducido al cuartel militar. Nunca se volvió a saber de él.
Después de innumerables gestiones por localizarlo y de interponer dos denuncias por la desaparición de su padre, en 1992 y 1999, la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp) empezó a indagar el caso en 2002. Sin embargo, en 2005 fue remitido al fuero militar, consignándose como responsable al general Francisco Quirós Hermosillo. El expediente fue cerrado por la muerte del militar en 2006.
En 2002, la CMDPDH y la Afadem solicitaron la intervención de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), organismo que admitió el caso tres años después. En 2008, la CIDH demandó al Estado mexicano ante la Corte Interamericana por el incumplimiento de recomendaciones para investigar y sancionar a los responsables de la desaparición forzada de Radilla Pacheco, así como para localizarlo.
El pasado 7 de julio se llevó a cabo la audiencia pública en la sede de la Coidh en San José, Costa Rica, a la que asistió como representante del Estado mexicano el secretario de Gobernación, Fernando Gómez Mont, quien defendió el fuero militar y reconoció parcialmente la responsabilidad internacional de México en el caso Radilla, al que consideró como un hecho aislado (Proceso 1706).
De nada valieron los alegatos de Gómez Mont en la audiencia ni los recursos enviados a la Coidh por la administración de Calderón Hinojosa para excluir la recomendación 26/2001 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), dedicada a los crímenes de la guerra sucia, o el Informe Histórico a la Sociedad Mexicana elaborado por la Femospp, pero sobre todo el informe de seguimiento a la recomendación de la CNDH presentado en 2009.
En su sentencia, el tribunal internacional da por sentado la existencia de la guerra sucia, como una época en la que “en diversas partes del territorio mexicano tuvieron lugar numerosas desapariciones forzadas de personas”; que el caso de Rosendo Radilla formó parte “de un patrón de detenciones, tortura y desapariciones forzadas de personas militantes de la guerrilla o identificados como simpatizantes”, y que “las instancias de gobierno que constitucionalmente tenían la encomienda de procurar justicia y resguardar los derechos de los ciudadanos mostraron su incapacidad y negativa para prevenir y sancionar los hechos, así como brindar el auxilio necesario a las personas que se interesaban en indagar el paradero de las víctimas de detenciones arbitrarias y desapariciones”.
Entre las fallas de Carrillo Prieto, y que después no corrigió la Coordinación General de Investigación de la PGR (instancia a la que se enviaron los casos de delitos del pasado cuando se cerró la Femospp en 2007), la Corte destaca la consignación de una sola persona, el general Francisco Quirós Hermosillo, por el delito de privación ilegal de la libertad, en la modalidad de plagio o secuestro, cuando debió hacerlo por desaparición forzada. También invalida el argumento de que la tipificación de desaparición forzada atribuible a un funcionario público –de acuerdo al artículo 215-A del Código Penal Federal– ocurrió cuando Quirós Hermosillo era oficial retirado.
“La Corte considera que mientras no se establezca el destino o paradero de la víctima, la desaparición forzada permanece invariable, independientemente de los cambios en el carácter de ‘servidor público’ del autor. En casos como el presente, en los que la víctima lleva 35 años desparecida, es razonable suponer que la calidad requerida del sujeto activo puede variar con el transcurso del tiempo. En tal sentido, de aceptarse lo alegado por el Estado, se propiciaría la impunidad.”
En ese sentido, la Coidh ordena la reforma al artículo 215-A, por considerarlo “un obstáculo para asegurar la sanción a ‘todos los autores, cómplices y encubridores’ proveniente de ‘cualesquiera de los poderes u órganos del Estado’”, o bien para castigar a un particular que actúe “con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado”.
Además considera que “la investigación no está siendo realizada en forma seria, efectiva y exhaustiva”, porque la diligencia para la localización de los restos de Radilla “no ha contado en su totalidad con el impulso propio del Estado”, y no se ha llamado a comparecer a mandos militares o soldados que tuvieron información de los hechos.
En el cuerpo de la sentencia, la Corte refiere en varias ocasiones la negativa gubernamental a proporcionar a ese tribunal así como a Tita Radilla y a sus abogados, coadyuvantes en la investigación, una copia de la averiguación previa abierta en la PGR por el caso Radilla –en la que están acumulados 122 casos más–, alegando la secrecía de la indagatoria.
Para la Corte, esto viola el derecho de Radilla Martínez, ya que se violó su derecho a “participar plenamente en la investigación”, y establece que de acuerdo a la Convención Americana de Derechos Humanos y la Ley Federal de Acceso a la Información Pública mexicana, en casos de delitos graves de violaciones a derechos humanos, estos documentos no están sujetos a reservas de confidencialidad.
En el documento –cuyo contenido íntegro está obligado el gobierno de Calderón a publicar en la página Web de la PGR y una selección que impuso la Corte en el Diario Oficial de la Federación y en uno de circulación nacional–, el tribunal interamericano ratificó su jurisprudencia en el sentido de que “el fuero militar sólo debe juzgar a militares activos por la comisión de delitos o faltas que por su propia naturaleza atenten contra bienes jurídicos propios del orden militar” y puntualiza que “frente a situaciones que vulneren derechos humanos bajo ninguna circunstancia puede operar la jurisdicción militar”, por lo que “el procesamiento de los responsables corresponde siempre a la justicia ordinaria”.
Y es que hasta ahora, bajo el amparo del artículo 57 del Código Penal Militar, las denuncias por abusos militares son remitidos sin reserva a los tribunales castrenses, de ahí que la Corte exigió a México compatibilizar dicho ordenamiento con los estándares internacionales.
Al analizar la reserva impuesta por el Estado mexicano al artículo IX de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada, lo que hasta ahora ha permitido que la jurisdicción militar se aplique en estos casos, la Coidh la consideró inválida por ser contraria a objeto y fin de dicha convención, lo que implica la obligación de retirarla.
Adicionalmente a las reformas legislativas, el tribunal dispuso que la administración de Calderón aplique programas o cursos permanentes sobre la jurisprudencia del Sistema Interamericano de Protección a los Derechos Humanos en relación con los límites de la jurisdicción penal militar, y otro dirigido a la formación para la debida investigación y juzgamiento del delito de desaparición forzada de personas. Dicha capacitación deberá darse a jueces y agentes del Ministerio Público tanto del fuero Civil como del Militar.
Por supuesto, la Corte ordena a México la investigación, sanción de los responsables en la detención y desaparición de Rosendo Radilla, así como la localización de sus restos, “con la debida diligencia y en un plazo razonable”; la realización de un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional en los hechos; la elaboración de una semblanza sobre la vida del luchador social, basada en el libro de su hija Andrea Radilla Voces acalladas, vidas truncadas, así como colocar una placa en Atoyac en memoria de Radilla Pacheco.

Antecedente jurídico
Para Humberto Guerrero, la sentencia de la Corte Interamericana trasciende el caso de Rosendo Radilla, “que se eligió como una estrategia jurídica porque cumplía con los patrones de las desapariciones forzadas ocurridas durante la guerra sucia y agotó todas las instancias judiciales requeridas, pero en el fondo lo que se litigó fueron reformas legislativas que sean aplicables para los demás casos”.
El abogado explica que “al declarar la Corte que se debe aplicar el tipo penal de desaparición forzada para los casos como el de Radilla, todos los que están en esa circunstancia pueden ser sancionados por ese delito”.
Destaca que en la Recomendación 26/2001 de la CNDH se consideraron cerca de 420 casos “plenamente identificados como desapariciones forzadas”, muchos de los cuales “quedaron en simples declaraciones de familiares en las averiguaciones previas abiertas por la Femospp, por lo que ahora se pueden continuar las investigaciones con el tipo penal de desaparición forzada sin que haya ningún tipo de obstáculo procedimental como la prescripción”.
Por su parte, Juan Carlos Gutiérrez resalta: “Considerando que los tratados internacionales forman parte del derecho interno, de acuerdo al artículo 133 constitucional, los jueces en este momento pueden tomar en cuenta y atender la decisión de la Corte Interamericana para determinar las competencias en casos en los que militares estén involucrados en violaciones graves a los derechos humanos”.
Sin embargo, apunta que dado que la Coidh dio un plazo máximo de un año para que se hagan las modificaciones legislativas, Gutiérrez hizo un llamado a aquellos legisladores “que quieran comprometerse en el cumplimiento la sentencia, especialmente el Senado que firma y ratifica los tratados internacionales, para que discutan las reformas, sobre todo del artículo 57 del Código Penal Militar de las que ya hay iniciativas, a más tardar en el próximo periodo de sesiones”.
Asimismo, apunta, la sentencia “obliga a la CNDH a tomar una posición respecto a la restricción del fuero Militar, pues aunque ha enviado recomendaciones a la Sedena, siempre ha reconocido la competencia del fuero Militar en casos de violaciones a los derechos humanos, contra todos los criterios internacionales, y si ahora el ombudsman Raúl Plascencia pide el cumplimiento de la sentencia, podría empezar por enviar iniciativas para reformar el artículo 57 y la Ley de Desaparición Forzada”.
En la sentencia por el caso Radilla “la Corte Interamericana hizo lo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación no se atrevió a hacer”, apunta el director de la CMDPDH en alusión a la negativa del amparo contra la jurisdicción militar que solicitó Reynalda Morales, esposa de uno de cuatro hombres acribillados en un retén militar en Santiago de los Caballeros, Sinaloa, en 2008. Reynalda pedía que fuera remitido al fuero Civil por ser un caso grave de violaciones a los derechos humanos, pero la SCJN le negó personalidad jurídica para debatir sobre la competencia judicial.
El pasado 25 de agosto, organizaciones civiles de derechos humanos enviaron una carta a Felipe Calderón para dar respuesta a su reto de demostrar que en la lucha contra el narcotráfico se violaban los derechos humanos.
En ella describen siete casos en los que responsabilizan a militares por detenciones arbitrarias, confinamiento en instalaciones castrenses, tortura física y psicológica, amenazas de muerte, abuso sexual, ejecución extrajudicial y desaparición forzada contra 36 civiles en Morelos, Baja California, Sinaloa, Coahuila, la región de la Montaña y las comunidades Puerto de las Ollas, Las Palancas y El Jilguero, en la sierra del municipio de Coyuca de Catalán, Guerrero.
En diciembre, la respuesta que recibieron las organizaciones civiles de derechos humanos por parte de la Secretaría de Gobernación es que todos están siendo investigados por la Procuraduría de Justicia Militar, además de que fueron analizados por la CNDH.